Ley Micaela El Módulo 4 "La perspectiva de género en los organismos del Estado", resulta fundamental puesto que fomenta que la perspectiva de género se integre en las políticas y acciones de los organismos del Estado.
Es crucial para transformar las prácticas institucionales que perpetúan desigualdades y violencias de género; se promueven políticas públicas más equitativas y representativas, que reconozcan y respeten la diversidad de personas.
Autoridad de aplicación: Ministerio de Bienestar Ciudadano y Justicia.
Es crucial para transformar las prácticas institucionales que perpetúan desigualdades y violencias de género; se promueven políticas públicas más equitativas y representativas, que reconozcan y respeten la diversidad de personas.
Autoridad de aplicación: Ministerio de Bienestar Ciudadano y Justicia.
Ley Micaela (Ley Provincial N° 1293) establece la formación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado. Se trata de un trayecto formativo continuo de 4 módulos.
En este tercer módulo, se abordará la violencia por motivos de género, diferenciación de violencias, mitos como mecanismos de invisibilización de la violencia, y otros recursos para el abordaje institucional de la violencia.
Autoridad de aplicación: Ministerio de Bienestar Ciudadano y Justicia.
Autoridad de aplicación: Ministerio de Bienestar Ciudadano y Justicia.
Ley Micaela (Ley Provincial N° 1293) establece la formación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado. Se trata de un trayecto formativo continuo de 4 módulos.
En este segundo módulo, se presentarán conceptos que nos servirán de herramientas para entender cómo ha sido construida la sociedad en la que vivimos y las prácticas e imaginarios sociales que sostienen la reproducción de la violencia y legitiman las situaciones de desigualdad; para trabajar en su erradicación.
Autoridad de aplicación: Ministerio de Bienestar Ciudadano y Justicia.
Autoridad de aplicación: Ministerio de Bienestar Ciudadano y Justicia.
La Ley Nacional Nº 27.709, de creación del Plan Federal de Capacitación Sobre Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes -junto a la adhesión provincial Ley Nº 1.495- tiene por objeto generar un espacio formativo, permanente y obligatorio para todas las personas que se desempeñan en áreas y dependencias del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Estado, que formen parte corresponsable del Sistema de Protección Integral de las infancias y adolescencias.
Mediante el uso de recursos audiovisuales, materiales teóricos y situaciones de la vida cotidiana se busca:
Instrumentar para el reconocimiento y abordaje de las violencias contra las niñeces y adolescencias de la provincia.
Problematizar las relaciones cotidianas en las que el ejercicio de poder, produce subordinación e invisibilización de alguna de las partes que componen el vínculo.
El Taller de Accesibilidad, Discapacidad y Personas Mayores creado por Decreto Provincial N° 3502/22, es de carácter obligatorio para todo el Estado Provincial.
Se trata de una propuesta de sensibilización y concientización en materia de accesibilidad, discapacidad y personas mayores, creado por un equipo interministerial con referentes de Educación, Salud y Bienestar Ciudadano y Justicia.
Ley Micaela (Ley Provincial N° 1293) establece la formación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado. Se trata de un trayecto formativo continuo de 4 módulos, realizado en articulación con la Secretaría de Derechos Humanos e Igualdad.
En éste primer módulo, se realiza una aproximación a marcos normativos y socio-históricos de la problemática de la violencia por motivos de género.